La LPRL obliga al empleador a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, incluyendo los riesgos psicosociales. El mobbing documentado que el empleador conocía y no atajó es una infracción grave sancionable por la Inspección de Trabajo.
Si el mobbing te obliga a abandonar tu puesto, el Art. 50 del ET permite extinguir el contrato con derecho a las mismas indemnizaciones que un despido improcedente: 33 días por año trabajado, máximo 24 mensualidades.
Lleva un diario detallado de los incidentes
Fecha, hora, lugar, testigos, palabras exactas, impacto en tu salud. Envíate un correo de tu cuenta personal para crear un registro con fecha y hora independiente.
Comunica por escrito a RR.HH. o dirección
Una comunicación escrita activa la obligación del empleador de investigar y actuar. Si no actúa, su responsabilidad se multiplica.
Denuncia a la Inspección de Trabajo
La Inspección puede sancionar al empleador con multas y obligarle a actuar. El proceso es gratuito y confidencial.
Acude al Juzgado de lo Social
Para reclamar daños directamente o solicitar extinción del contrato con indemnización, el Juzgado de lo Social es el órgano competente.
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