El teletrabajo creó una explosión de vigilancia — rastreadores de actividad, capturas de pantalla automáticas, registradores de pulsaciones de teclas, revisiones por webcam. Parte es legal. Parte no lo es. La línea entre supervisión legítima del empleador y vigilancia ilegal de tu vida en casa nunca ha sido más importante. Aquí está exactamente dónde se sitúa.
En México — solo si te informaron sobre ello. El aviso de privacidad que el empleador debe proporcionarte bajo la LFPDPPP debe mencionar cualquier tratamiento de tus datos personales, incluyendo la vigilancia del dispositivo. Si el software se instaló sin ninguna divulgación — revisa tu contrato de trabajo y el aviso de privacidad de tu empresa. Si no hay mención, puedes presentar una queja ante el INAI por violación a la LFPDPPP, y también ante PROFEDET si consideras que afecta tus condiciones de trabajo.
Es un área en debate. Requerir webcam durante reuniones programadas es generalmente aceptable. Requerir que la webcam esté encendida continuamente durante toda la jornada de trabajo — transmitiendo efectivamente en vivo tu entorno doméstico — plantea preocupaciones significativas de privacidad en México y otros países. La reforma de teletrabajo de la LFT 2021 protege la privacidad del espacio de teletrabajo del trabajador. Si el requisito captura tu entorno doméstico, familiares o actividades personales — esto es particularmente problemático y merece ser planteado con tu empleador y un abogado.
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