Los empleadores monitorean cada vez más las redes sociales de los empleados y disciplinan por publicaciones — a veces legítimamente, a veces no. La línea entre el interés legítimo del empleador en su reputación y el derecho del empleado a expresarse libremente sobre su vida, condiciones de trabajo y opiniones es un campo de batalla legal activo. Aquí está el estado de la cuestión.
Potencialmente sí. En México, si la publicación no divulgó información confidencial de la empresa y fue hecha en tu tiempo libre, el empleador tendría dificultades para justificar el despido bajo las causales del Art. 47 LFT. El hecho de que publicaras anónimamente sugiere que hablabas como persona particular, no en tu calidad de empleado. Las preguntas clave para tu abogado: ¿Tu publicación reveló información confidencial? ¿Fue más allá de opinar sobre condiciones laborales para incluir afirmaciones falsas específicas contra el empleador? ¿Cómo te identificó el empleador y fue ese proceso legalmente cuestionable? Si el despido no se encuadra en el Art. 47 LFT — tienes derecho a liquidación completa.
Las políticas de redes sociales demasiado amplias frecuentemente son inaplicables o de difícil aplicación. En México, una política que prohíbe cualquier comentario negativo sobre el empleador estaría en tensión con el derecho constitucional a la libre expresión y difícilmente justificaría por sí sola un despido bajo las causales específicas del Art. 47 LFT. Las políticas son más aplicables cuando se limitan a: divulgación de información confidencial; conducta hacia colegas; identificación como representante del empleador; y conducta durante horas de trabajo. Antes de que el empleador tome medidas disciplinarias basadas en una política de redes sociales, debería ser capaz de demostrar que la conducta específica afectó realmente los intereses legítimos de la empresa.
Rescisión / Reinstalación desde el despido.
Reclamación de salarios caídos.
Plainte pour congédiement injuste CNESST.
Prud'hommes desde la ruptura del contrato.
Desde el acto discriminatorio si aplica.
*Confirma siempre los plazos exactos con asistencia legal de inmediato.
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